Leía yo, poco despúes de la sentencia sobre Gazón, este comentario sin desperdicio sobre el mismo Tribunal en un caso sobre derechos fundamentales:
“Los jueces, hoy, al más alto nivel -los del Tribunal Supremo- tienen una capacidad suprema para exculpar a torturadores. En noviembre último, anuló la condena impuesta por la Audiencia de Gipuzkoa, a finales de 2010, por torturar a los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, condenados por el atentado a la T-4 de Barajas, en el que murieron dos ecuatorianos. La Audiencia, tras conocer las decenas de variadas lesiones de Sarasola y de Portu -este tuvo que ingresar en la UVI-, compulsadas por los médicos forenses, condenó por torturas a cuatro guardias civiles. El Supremo atribuyó las palizas al intento de fuga -negado por la Audiencia y esgrimido por el Gobierno- de los dos detenidos frente a los ¡15 guardias civiles! que participaron en su detención, así como al obediente cumplimiento de las instrucciones de ETA de denunciar torturas” (Bonifacio de la Cuadra).
Pues eso, que los sabios y justos jueces del Supremo tienen varias varas de medir derechos fundamentales, según de qué se trate, y de reconocer las pruebas. Paz y bien.