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Itsaso Álvarez

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La Reforma Laboral afecta más a las mujeres

En un post anterior, hablamos de la conciliación de la vida familiar y laboral en la reforma laboral.

Volvemos sobre el tema, más concretamente, repasando los argumentos que ofrecen los sindicatos.

¿Es discriminatoria la reforma laboral con las mujeres? Las centrales sindicales creen que, bajo una apariencia neutral, los cambios introducidos afectan en realidad, sobre todo, a las mujeres y, en especial, a las que son madres o tienen cargas familiares.

– Contratación: el indefinido con un año de prueba afecta más a las mujeres.

El nuevo contrato indefinido con un periodo de prueba de un año para empresas con menos de 50 trabajadores, después del cual el trabajador puede ser despedido sin indemnización, es visto por los sindicatos como otro contrato temporal más. Al ser mujeres la mayoría de los trabajadores con contratos temporales, y mayoría las mujeres empleadas en empresas de menos de 50 trabajadores, CC OO cree que el nuevo contrato incrementará la brecha de género por tipo de contrato.

– La bonificación de maternidad para las empresas ha desaparecido.

La reforma laboral ha eliminado la deducción de 100 euros al mes para las empresas que contrataban trabajadoras que se reincorporaban antes de los dos años de su maternidad. Se pierde así un incentivo a la reincorporación de la mujer al trabajo tras la maternidad.

– Horas extra en el contrato de trabajo a tiempo parcial.

La posibilidad de hacer horas extra en los contratos a tiempo parcial hace más precario este tipo de contrato, y el 76% de los contratos a tiempo parcial son de mujeres. Aunque las horas extraordinarias son voluntarias, con la reforma laboral las empresas pueden imponerlas, lo que hace mucho más difícil compatibilizar la vida laboral y familiar.

– Clasificación profesional y movilidad funcional.

Al desaparecer el sistema de categorías y modificar la movilidad funcional (la empresa puede asignar al trabajador funciones inferiores a su categoría profesional) se hace más difícil identificar las causas de la segregación vertical por razón de género en las empresas, y por tanto, corregirlas.

– Movilidad geográfica: ¿qué hago con los niños?

La potestad de la empresa para cambiar unilateralmente el lugar de residencia de su plantilla puede expulsar de su empleo a mujeres con responsabilidades familiares por resultar incompatibles con su trabajo.

– Permiso por lactancia: más rígido.

Las horas de permiso de lactancia ya no pueden repartirse entre el padre y la madre. Este hecho perjudica a la conciliación. Además, el convenio colectivo puede marcar las horas concretas en las que debe disfrutarse ese permiso “por necesidades productivas y organizativas de las empresas”. Es decir, puede darse el caso de que las horas no puedan concentrarse en unos días que se disfrutan a continuación de la baja maternal, sino que haya que “gastarlas” día a día.

– Reducción de jornada para cuidar de hijos menores de 8 años: día a día.

La ley establece que la reducción de jornada (de entre un octavo y la mitad) será diaria, es decir, no se podrá distribuir en función de las necesidades concretas de cada trabajador. El 96,8% de los trabajadores que trabajan a tiempo parcial por cuidado de menores o familiares a cargo son mujeres.

(Fuente. Serpadres. Artículo de Belén Juan)

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