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En España no está autorizado ningún producto homeopático, según el abogado Fernando L. Frías

2010 marzo 11
por Luis Alfonso Gámez
Todos los productos homeopáticos de venta en las farmacias de nuestro país carecen de la autorización correspondiente de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), explica el abogado Fernando L. Frías en la última entrada de su blog. A raíz de la publicación en el diario El País de un reportaje a favor de la homeopatía, Frías, miembro del Círculo Escéptico, pasa revista a la situación legal de estos productos en España, donde, al parecer, las autoridades sanitarias han decidido hacer la vista gorda ante las violaciones de la ley por parte de la industria homeopática.

Recuerda este abogado que el Real Decreto 2208/1994 regula la autorización de los productos homeopáticos, con una Disposición Transitoria Segunda para aquéllos que salieron al mercado antes de su entrada en vigor, el 29 de noviembre de 1994. Ese decreto establecía en su artículo 3 que “la autorización de los medicamentos homeopáticos de uso humano es condición previa a su comercialización”, obligación que sigue vigente conforme al artículo 4 del Real Decreto 1345/2007. Así que hay que presuponer que todos los productos de ese tipo a la venta en nuestro país la tienen. Pues, no es así. Y no es que no la tengan algunos; es que no la tiene ninguno: la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, explica Frías, no ha concedido en dieciséis años ni una autorización a un preparado homeopático.

Los que estaban a la venta antes de noviembre de 1994 tenían seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 2208/1994 para solicitar la autorización. La Administración debía, por su parte, resolver cada expediente en un máximo de 210 días. “De modo que, apurando al máximo los plazos, los fabricantes tenían hasta el 28 de mayo de 1995 para presentar las solicitudes, y la Administración hasta el 28 de febrero de 1996 para dictar resolución. Y, al no haber dictado ninguna, el 29 de febrero de ese año (que fue bisiesto) los productos homeopáticos en el mercado se quedaron automáticamente sin autorización. Por otro lado, y teniendo en cuenta que tampoco parece haberse concedido ninguna autorización posterior, los productos homeopáticos que entraron en el mercado después del 29 de noviembre de 1994 tampoco cuentan con autorización para su venta”, indica Frías.

¡Impresionante! Los productos homeopáticos no sólo no tienen en España que demostrar efectividad terapéutica alguna, sino que, además, pueden comercializarse sin la autorización que establece la Ley sin que la Administración los retire del mercado. ¿Para qué se elaboran leyes si luego nadie vela por su cumplimiento? ¿Alguien lo entiende? Yo no, desde luego. Y parece que Fernando L. Frías tampoco. En su nombre y en el del Círculo Escéptico, se ha dirigido a la AEMPS pidiendo explicaciones por la situación ilegal de estos productos y por la declaración hecha a El País por un portavoz de la agencia según la cual, en el caso de los preparados homeopáticos de venta en farmacias, “estamos hablando de medicamentos con eficacia demostrada con estudios científicos y ensayos, al igual que sucede con los medicamentos convencionales, los alopáticos”.

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