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César Coca

Divergencias

De cuando el Supremo dictaminó que las discotecas y los hoteles no son locales públicos

Si a una persona famosa que está semidesnuda le hacen unas fotos sin su consentimiento y se publican en un medio, éste puede ser multado si se han tomado en un lugar privado, pero no le pasará nada si se han hecho en un espacio público. La doctrina es del Supremo. Hasta ahí, todo en orden. El problema es cuando el alto tribunal comienza a definir qué es público y qué es privado. Entonces, la doctrina no hay quien la entienda.

Tres ejemplos, dos de ellos recientes. María Reyes y Carmina Ordóñez fueron fotografiadas en top less. La primera, en una playa. La segunda, en la piscina de un hotel. Conclusión: la playa es de acceso libre, luego la foto se puede publicar; la piscina es de uso restringido (hay que ser cliente del hotel), luego no se puede difundir. El Supremo, que ha hecho públicas ambas sentencias en las últimas horas, llega a decir incluso que ese espacio es tan privado como una habitación.

El tercer caso es el de Marta Chávarri y tiene ya sus añitos. Como estaba en una discoteca cuando fue fotografiada sin ropa interior, las fotos no se podían publicar por ser un espacio privado. Por cierto, las discotecas están agrupadas en el epígrafe de ‘locales públicos’ a efectos municipales, de seguridad, etc. Vamos, que en aplicación estricta de la doctrina del Supremo no hay por qué exigirles que cumplan las normas anti incendios, por ejemplo, de la misma manera que en una casa particular no es obligatorio tener extintores ni salida de emergencia.

Dilema para el Supremo: si una persona famosa se desnuda para tomar el sol en el área de descanso de una autopista (hay que pagar para circular), ¿es también un lugar privado y por tanto no se pueden publicar las fotos?

Segunda pregunta: ¿cómo se puede comparar una habitación de hotel con una discoteca a efectos de privacidad? El Supremo se ha metido en un jardín y a ver ahora cómo sale. Porque le va a resultar difícil sostener que un local al que se accede pagando una entrada o registrándose como cliente (no es una casa en la que hay que estar expresamente invitado) es un espacio privado. Bueno, no es que lo tenga difícil; lo tiene imposible. A menos que el diccionario que usan sus señorías no sea el de la RAE y para ellos ‘privado’ tenga otro sentido.

P.S. No pongo fotos en este post para que el Supremo no me aplique sus incomprensibles criterios. Si quieren ver imágenes sobre lo que acabo de comentar, les recomiendo que entren en ‘google imágenes’ y pongan Marta Chávarri. La primera foto que aparece es la famosa, sin ropa interior. ¿Espacio privado o espacio público?

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